Como volver a españa después de una expulsión

Como volver a españa después de una expulsión

Normativa española sobre inmigración

Tras la salida de Boabdil de la fortaleza de la Alhambra y la entrada de las tropas castellanas en la ciudad en 1492, el antiguo rey, su familia y parte de la nobleza se marcharon a las Alpujarras y, más tarde, a Marruecos. No existen datos sólidos sobre la población musulmana que optó por abandonar Granada en dirección al norte de África: ciertamente, buena parte de la élite noble e intelectual del Reino se marchó, como había sucedido durante la Edad Media ante el avance de las conquistas cristianas. En cuanto al resto de la población, se calcula a grandes rasgos que entre 1491 y 1493 emigraron 10.000 personas, sin contar las que lo hicieron en barcos no registrados.

La actuación del cardenal Cisneros creó un ambiente de tensión que culminó en la rebelión morisca del Albaicín y las Alpujarras, duramente sofocada por el ejército del conde de Tendilla. La derrota de los rebeldes moriscos en 1501 fue el detonante para que las autoridades cristianas alegaran que los musulmanes habían roto el pacto establecido en las Capitulaciones. Ese mismo año, el Cardenal dio orden de bautizar forzosamente a los musulmanes de Granada, y el 14 de febrero de 1502 se dictó una Pragmática ordenando la conversión o expulsión de todos los mudéjares del Reino de Castilla. Sin embargo, la expulsión sólo parecía una alternativa, con sus severas restricciones en cuanto a la edad de los moriscos (los menores de 14 años no podían salir de Castilla) y el lugar elegido para abandonar el país (los mudéjares sólo podían salir de España por los puertos de la zona de Vizcaya). Dadas las dificultades de un viaje tan largo y peligroso para los mudéjares y sus bienes, la Pragmática se convirtió en realidad en una orden de conversión forzosa.

España: normas de inmigración para los inmigrantes ilegales

El martes fue el aniversario de la expulsión forzosa de los judíos sefardíes de España hace siglos. El infame edicto de expulsión firmado por Fernando de Aragón e Isabel de Castilla en 1492 tras la Reconquista no dejó otra opción a los judíos españoles. Tenían que convertirse al cristianismo o abandonar su patria. Lo peor de todo para estos judíos españoles, también llamados sefardíes occidentales, era la posibilidad de enfrentarse al tribunal de la Inquisición.

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Considerado como uno de los acontecimientos más cataclísmicos de la historia judía, el Decreto de la Alhambra ordenaba a los judíos "partir y no volver ni regresar jamás" a España. El decreto firmado el 31 de marzo de 1492 era un edicto para expulsar a todos los judíos de España antes del 2 de agosto de 1492. Expulsados de su tierra natal, numerosos judíos sefardíes encontraron refugio en tierras otomanas hace 530 años. Decenas de miles de judíos sefardíes se asentaron en territorios otomanos, principalmente Estambul y Salónica, por invitación del sultán otomano Bayezid II.

Aunque las cifras difieren, ya que 13.000 judíos fueron ejecutados en España, decenas de miles de judíos sefardíes zarparon hacia territorios otomanos en barcos enviados por el sultán Bayezid II. En cuanto a las razones por las que los otomanos fueron tan generosos a la hora de acoger a los judíos sefardíes en sus tierras, el difunto historiador turco Halil Inalcık escribió en su libro "En la mente otomana, España era un antagonista importante, y los otomanos hacían poca distinción entre la difícil situación de los musulmanes andalusíes y la de los judíos cuando ambas comunidades se veían amenazadas por España y ambas apelaban a la ayuda y protección otomanas." La expulsión de los judíos de España a tierras otomanas también provocó un cambio demográfico de la comunidad judía en el imperio. El historiador israelí Eli Barnavi señaló en su libro que con las diversas oleadas migratorias desde España hacia territorios principalmente otomanos debido a la migración forzosa, los judíos ibéricos superaron en número a los judíos locales que residían en tierras otomanas. Alrededor del 90% de los judíos que vivían bajo dominio otomano eran de origen sefardí. Durante la época de Solimán el Magnífico, alrededor de 40.000 de los 500.000 habitantes de Estambul eran judíos. El Parlamento español aprobó en 2015 una medida para expiar el éxodo de los judíos españoles. Con la medida, los judíos cuyas familias fueron expulsadas de España en el siglo XV obtuvieron el derecho a adquirir la ciudadanía española.

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Noticias inmigración España

SEATTLE - Cuando Doreen Alhadeff firmó sus papeles de ciudadanía española en Toremmolinos, España, hace unas semanas, se convirtió en la primera judía estadounidense en acogerse oficialmente a la inusual ley española de 2015. Por primera vez desde que los judíos fueron expulsados del país hace más de 500 años, la nueva legislación, y una ley similar en Portugal, permite a los descendientes de judíos sefardíes la opción de solicitar los derechos nacionales.

"Me sentí un poco como si siguiera los pasos de mi abuela, que fue la primera mujer sefardí que llegó a Seattle", dijo Alhadeff tras la ceremonia de la firma. "En ese momento pensé en ella y, por supuesto, en mis padres, que habrían estado orgullosos del logro".

"El requisito lingüístico me impide a mí y a muchos otros aprovechar esta oportunidad única y maravillosa", dijo Joseph Alhadeff. "Me siento muy orgulloso de mi esposa y feliz de que los sefardíes de todo el mundo tengan esta oportunidad".

Sin embargo, solicitar la nacionalidad española no es tarea fácil. Una vez que los aspirantes a ciudadanos abren un expediente de solicitud digital en línea y suben copias de un pasaporte, un certificado de nacimiento y la prueba de una comprobación de antecedentes del FBI, necesitan dos documentos firmados, normalmente por un rabino o el presidente de una congregación de una sinagoga, que dé fe de las conexiones sefardíes históricas de los solicitantes.

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Edicto de expulsión

Para los extranjeros en situación irregular en España, el debate sobre si deben ser expulsados de España, o si pueden permanecer en España a cambio de una multa, no es nuevo. La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 23 de abril de 2015, establece que ante la situación irregular de un extranjero en territorio español, según las circunstancias, procederá la multa o la expulsión, pero ambas medidas son excluyentes entre sí. Y en base a esa sentencia, nuestro Tribunal Supremo declaró que no es posible elegir entre la sanción de multa y la expulsión, sino que ante un extranjero en situación irregular en territorio español, debe imponerse la sanción de expulsión.

Pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia de 8 de octubre de 2020, estableció que para los extranjeros en situación irregular en territorio español, debe tenerse en cuenta que la expulsión del extranjero sólo debe adoptarse si concurren circunstancias agravantes , adicionales a la situación irregular del extranjero. Es decir, la autoridad competente en materia de extranjería en España no podrá adoptar la decisión de expulsar de España a un extranjero en situación irregular en territorio español salvo que concurran circunstancias agravantes en la persona del extranjero, adicionales a su situación irregular.

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